BIBLIOTHECA AUGUSTANA

 

Don Juan Manuel

1282 - 1349

 

Libro de los estados

 

El primer libro

 

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[Capítulo XLIX]

 

El xlviiii° capítulo fabla en cómmo dixo el infante a Julio que sabía muy bien que los enperadores primeros que se fazen en Roma, que siempre se fazen por esleiçión et son sienpre los esledores un rrey et très duques et très arçobispos.

 

«Vos sabedes muy bien que los enperadores de los christianos, que se llaman enperadores de Roma, que se fazen por eslecçión. Et son sienpre los esleedores un rrey et très duques et tres arçobispos. Et eslenlo primeramente por rrey de Alimania. Et luego que lo an esleído a de ir çercar un lugar, et alo de tener quarenta días çercado. Et {66b} si en aquellos quarenta días viniere alguno que lo pueda fazer desçercar aquel lugar, non vale la esleiçión. Et si non lo puede levantar de aquel lugar, entréganle luego aquel lugar. Et a de ir a otro castillo do está la corona con que lo an a coronar por rrey de Alimania. Et si non le puede ninguno enbargar el coronamiento, luego que es coronado et es rrey de Alimania, (es) es electo para enperador.

Pero non puede nin deve usar del enperio fasta que sea confirmado del papa et aya reçebido las coronas, que son tres. Pero si la esleiçión fuere fecha commo deve, develo el papa confirmar et non destorvarlo en ninguna manera; ante deve fazer quanto pudiere con derecho por que el electo sea confirmado. Et después deven seer muy bien avenidos; ca lo demás, entre ellos está el mantenimiento del mundo. Que así commo Dios fizo en el çielo dos lumbres grandes – la una es el sol, para que alumbrase el día et la luna, que alunbrase la noche – et bien así tovo por bien que fuese[n] en la tierra estos dos estados: el estado del papa, que deve mantener la eglesia, que es mantinimiento de los christianos et la clerezía et todos los estados de religión et aun los legos en lo spiritual, et el enperador, [que] deve mantener en justiçia et en derecho todos los christianos, sennaladamente a los que obedeçen al enperio de Roma.

Et algunos rreys son agora que tienen que non deven obedesçer a los enperadores. Mas çierto es que en los tienpos antigos todas las gentes et los rreys del mundo obediçieron a los enperadores de Roma. Et después que fue la ley de los christianos, et ordenaron que el enperador fuese electo et coronado et con{66c}firmado por la maneras que avedes oído, tuvieron las gentes que así commo por el sol et la luna – que son dos cosas que alunbran el día et la noche – que bien así el papa et el enperador devían mantener el mundo en lo spiritual et en lo tenporal; que así commo el sol, que es cuerpo muy claro, alumbra el día et le da muy grant claridat, así que los omnes pueden veer muy claramente, así el papa deve mantener muy linpíamente todos los fechos spirituales por que muy claramente puedan los christianos entender et usar de la sancta fe católica para salvar las almas, que es la principal cosa para que Nuestro Sennor Dios crió los omnes. Otrosí, commo el sol da claridat a la luna, que es cuerpo escuro, et la faze clara por que pueda alunbrar a la noche, que es cosa muy escur(i)a, bien así el papa, que es governado<r> et mantenedor de las cosas spirituales, deve dar exienplo et ayudar al enperador por que pueda mantener et governar las cosas tenporales, que son muy escuras et muy tenebrosas et muy dubdosas et espantosas. Mas ayuntándose bien los fechos spirituales et tenporales, que son los estados del papa et del enperador, serán todos los fechos del mundo bien ordenados et bien mantenidos.

Mas bien así commo a las vegadas acaesçe que por alguna cosa que se mete entre el sol et la luna non envía el sol su claridat a la luna tan conplidamente commo deve, et por ende reçibe la luna una grant mengua en sí – a que llaman en la astrología ‹eclipsi› – et a las vegadas la luna faze eclipsi al sol; pero veemos que más vegadas paresçe eclipsi en la luna que en el sol. Et esto es porque el sol es cuerpo más noble et mayor et más {66d} claro et más alto, et puede más vezes et más ligeramente enbargar a la luna que la luna al sol, porque de todas estas cosas non es tan conplida, ca la luna non es cuerpo tan noble et es más pequenna et escura, et es más vaxa que el sol. Et otrosí veemos que cada que estos eclipsis acaescen que sienpre son danpnosos et nasçe dellos grant mal; pero commo quier que nasçe g[r]ant danno et mal quando en la luna acaesçe eclipsi, es muy mayor mal et mayor danno quando acaesçe (en) el eclipsi en el sol; todas estas cosas acaescen en los estados del papa et del enperador. Ca quando por pecados et por la ira de Dios acaesçe alguna descordia entre el papa et el emperador, reçibe el enperio muy grant mengua et muy grant danno porque non reçibe del papa aquel consejo et aquella ayuda que devía, así commo quando la luna es menguada de la claridat del sol. Otrosí, quando el enperador faze alguna cosa contra el papa por que se enbargue alguna cosa porque non puede fazer sus fechos commo devía, es muy grant mengua et muy grant danno para toda la eglesia, que son los fieles christianos, que fincan todos en tiniebra et en escuredunbre porque el sol non puede dar su claridat commo deve.

Et así tengo, Julio, que pues todos estos peligros a en la elecçión et en el confirmamiento de los enperadores, que es ante que solamente obre ninguna cosa en el inperio, que es muy peligrosa cosa de tomar omne tal estado. Demás que entiendo que ay muchos peligros en las obras que a de fazer después. Mas, porque se faría muy luengo si vos oviese a dezir ayuntando todos los peligros que yo entiendo en el estado de los enperadores, para el alma et para el cuerpo, desde el comienço de la eslecçión fasta el acabamiento de la confirmaçión et los que ay después en {67a} sus obras, quiero que departamos sobre los peligros que yo entiendo que son desde el comiençó de la eslecçión fasta el acabamiento de la confirmaçión. Et desque sobre esto ayamos departido, et me oviéredes rrespondido a ello con rrazón, después fablaremos en los otros peligros que yo entiendo que puede aver en las sus obras para el alma.»